El Banco de Alimentos de Burgos dona los alimentos que obtiene de los excedentes de las empresas a instituciones reconocidas que ayudan a los más necesitados.
De esta manera luchamos contra el despilfarro de alimentos y ayudamos al medio ambiente ahorrando costes en la destrucción de alimentos y ayudando al reciclaje y la reutilización de materiales.

El Banco de Alimentos también contribuye a la integración social de personas en peligro de exclusión ya que gracias a estas ayudas muchos pueden pagar sus facturas o recibos. Esto quiere decir que nuestro beneficiarios no necesariamente están en la pobreza.
En Burgos colaboran casi todas las empresas y distribuidoras relacionados con el sector alimenticio, de las cuales se obtienen gran parte los alimentos. También recibimos alimentos de personas anónimas o de particulares.

Requisitos para nuevos beneficiarios.
- Ser Entidad legalmente registrada sin ánimo de lucro, que tenga como fin estatutario promover el interés general, y que desarrolle labores de asistencia social, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, económicas o culturales.
- No tener exigencias de contraprestación alguna para la entrega de alimentos a sus beneficiarios.
- Contar con la preceptiva autorización, registrada en el Organismo de la Administración Pública correspondiente o de Entidades Religiosas (Ministerio de Justicia).
- Tener un número de personas beneficiadas por la Entidad solicitante superior a 10.
- Tener y mantener actualizadas la relación y fichas de sus beneficiarios asociados para el control de la entrega de alimentos y presentarlas al representante del Banco cuando así lo requiera.
- Facilitar la siguiente información al Banco de Alimentos:
– Datos recogidos en el Formulario de Solicitud de Ayuda
– Criterios y/o requisitos que exigen a sus beneficiarios para la elección de las “personas más necesitadas”.
– Sistema de control de reparto utilizado, que evite la duplicidad de entrega de alimentos a los beneficiarios
por más de una Entidad.
– Sistema de control periódico que asegure el cumplimiento de los requisitos para continuar como beneficiario,
acreditado por un/a trabajador/a social.
– Datos del local donde se almacenarían los alimentos (situación, superficie, limpieza, etc.)
– Si presta otro tipo de ayudas (ropa u otros enseres), servicios sociales de reinserción cultural (cocina,
enseñanza, etc.)
– Si recibe o tiene autorizado recibir alimentos procedentes del FEGA. - Repartir los alimentos a los beneficiarios en el plazo más corto posible, máximo una semana.
- Facilitar las visitas que efectúe el Banco de Alimentos, con el fin de poder garantizar los objetivos sociales que tiene encomendado.
- Notificar al Banco de Alimentos cualquier variación de datos producida con posterioridad a la presentación de los documentos iniciales.
- Concertar visita previa para ser considerada una entidad benéfica del Banco de Alimentos. En dicha visita se confirmará el cumplimiento de los requisitos descritos con anterioridad.